TEXTO INTEGRO DE LO PUBLICADO EN EL BOP nº8 de fecha 19 de Enero del 2009
AYUNTAMIENTO DE FUENSANTA
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El pleno del Ayuntamiento de Fuensanta (Albacete), en sesión extraordinaria celebrada el día 22 de diciembre de 2008, adoptó el acuerdo inicial de modificación de las Ordenanzas fiscales reguladoras de la tasa por el abastecimiento de agua potable, impuesto sobre bienes inmuebles, impuesto sobre vehículos de tracción mecánica y Ordenanza reguladora de la prestación del Servicio de Ayuda a Domicilio.
En virtud de lo dispuesto en el artículo 17 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley reguladora de las Haciendas Locales, y demás normativa concordante, el expediente administrativo de modificación queda expuesto al público, a fin de que cualquiera de los interesados que se encuentren legitimados según el artículo 18 de la normativa anteriormente citada, puedan presentar reclamaciones en el plazo de treinta días naturales, a contar desde el siguiente al de publicación del presente anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia. Dichas reclamaciones irán dirigidas al Ayuntamiento Pleno y serán presentadas en el registro general de este Ayuntamiento. Pasado dicho plazo sin la constancia de presentación de reclamaciones, el presente acuerdo inicial será elevado a definitivo.
Fuensanta, 7 de enero de 2009.–El Alcalde-Presidente, Damián Palencia Salto.
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El pleno del Ayuntamiento de Fuensanta (Albacete), en sesión extraordinaria celebrada el día 22 de diciembre de 2008, adoptó el acuerdo inicial de modificación de las Ordenanzas fiscales reguladoras de la tasa por el abastecimiento de agua potable, impuesto sobre bienes inmuebles, impuesto sobre vehículos de tracción mecánica y Ordenanza reguladora de la prestación del Servicio de Ayuda a Domicilio.
En virtud de lo dispuesto en el artículo 17 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley reguladora de las Haciendas Locales, y demás normativa concordante, el expediente administrativo de modificación queda expuesto al público, a fin de que cualquiera de los interesados que se encuentren legitimados según el artículo 18 de la normativa anteriormente citada, puedan presentar reclamaciones en el plazo de treinta días naturales, a contar desde el siguiente al de publicación del presente anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia. Dichas reclamaciones irán dirigidas al Ayuntamiento Pleno y serán presentadas en el registro general de este Ayuntamiento. Pasado dicho plazo sin la constancia de presentación de reclamaciones, el presente acuerdo inicial será elevado a definitivo.
Fuensanta, 7 de enero de 2009.–El Alcalde-Presidente, Damián Palencia Salto.
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