ANUNCIO
No habiéndose interpuesto reclamaciones al acuerdo inicial adoptado por el pleno de este Ayuntamiento en su sesión de fecha 20 de diciembre de 2010, publicado en el “Boletín Oficial” de la Provincia nº 149 de fecha
31 de diciembre de 2010, sobre modificación de las ordenanzas fiscales reguladoras del impuesto sobre bienes inmuebles y las tasas por abastecimiento de agua potable y recogida de basuras, en virtud de lo dispuesto en los apartados tercero y cuarto del artículo 17 del Real Decreto Legislativo 2/2004, 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley reguladora de las Haciendas Locales, dicho acuerdo se eleva a definitivo, insertándose a continuación según el siguiente detalle:
31 de diciembre de 2010, sobre modificación de las ordenanzas fiscales reguladoras del impuesto sobre bienes inmuebles y las tasas por abastecimiento de agua potable y recogida de basuras, en virtud de lo dispuesto en los apartados tercero y cuarto del artículo 17 del Real Decreto Legislativo 2/2004, 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley reguladora de las Haciendas Locales, dicho acuerdo se eleva a definitivo, insertándose a continuación según el siguiente detalle:
1º.–Impuesto sobre bienes inmuebles (tipos impositivos):
- Naturaleza urbana: 0,640 %
- Naturaleza rústica: 0,770 %
- Características especiales: 0,640 %
2º.–Tasa por abastecimiento de agua potable (tarifas):
- Cuota fija
- Cuota de servicio: 9,4367 €/Usuario/Semestre
- Cuotas de consumo
- Bloque nº 1 (0-25 m3/Usuario/Semestre: 0,2796 €/m3
- Bloque nº 2 (26-50 m3/Usuario/Semestre): 0,4711 €/m3
- Bloque nº 3 (excesos de 50 m3/Usuario/Semestre): 0,9421 €/m3
3º.–Recogida domiciliaria de residuos urbanos.
- Particulares: 42 €/Año
- Establecimientos públicos: 80 €/Año
Contra el presente acuerdo, definitivo en vía administrativo, en virtud de lo dispuesto en el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, los interesados podrán interponer recurso contencioso-administrativo ante los Juzgados de lo Contencioso-Administrativo con sede en Albacete, en el plazo de dos meses contados a partir del siguiente al de publicación del presente acuerdo en el “Boletín Oficial” de la Provincia.
Para ver el anuncio en el BOP pincha AQUI
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